Liliana Rincón
Ciudad de México (20/11/2020).- Con 82 votos a favor, 18 en contra y siete abstenciones, El Senado aprobó el dictamen por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.
Según información publicada en el portal del Senado, “queda permitido a personas mayores de edad consumir cannabis psicoactivo, siempre que no se realice frente a alguna persona menor de dieciocho años o cualquier otra imposibilitada para manifestar expresamente su consentimiento libre e informado y que pudiera resultar expuesta al impacto nocivo del humo de segunda mano; así como realizarlo únicamente en su vivienda”.
El comunicado disponible en la página de la Cámara de Senadores indica que “para el autoconsumo se limita a la cantidad de seis plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación de quien la consume. En caso de que en el domicilio viva más de una persona consumidora mayor de edad, el monto de plantas de cannabis de efecto psicoactivo y el producto de la cosecha de la plantación no podrá exceder de ocho”.
Indica además que “la venta del cannabis psicoactivo y sus derivados estará permitida para uso adulto sólo dentro del territorio y se delimitará a los establecimientos autorizados, quienes deberán obtener una licencia expedida por Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, cumplir los requisitos que esta Ley y la demás normatividad aplicable establezca.
La propuesta autorizada indica que “en aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo, será remitido a la autoridad administrativa competente (…) Se le impondrá una multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La posesión del cannabis psicoactivo sólo será sancionable penalmente cuando sea superior a los 200 gramos”.
Según el boletín, “el Senado dio cumplimiento a la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para legislar en la materia, después de que consideraba que la prohibición del uso de la marihuana transgredía el derecho al libre desarrollo de la personalidad”
Menciona que “la siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos. Asimismo, se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas”.
Indica que la rectoría sobre la cadena productiva del cannabis y sus derivados, y su consumo, estará a cargo de la Secretaría de Salud a través del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis. Dicho órgano desconcentrado contará con una Dirección General, cuya persona titular será nombrada y removida libremente por el titular de la Secretaría de Salud.
El tema pasó a la Cámara de Diputados.
El boletín completo puede consultarse en :
http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/49730-aprueba-el-senado-en-lo-general-dictamen-para-la-regulacion-del-cannabis.html