Aumentar indemnización a 90 días por despido injustificado, es inverosímil: José Sesma

Claudia Martínez Martell

Torreón, Coahuila (17/04/2025).- José Sesma, especialista en Derecho Laboral, habló para Contextos sobre la iniciativa que presentó el diputado federal Napoleón Gómez Urrutia, que plantea que, cuando un empleado sea despedido de manera injustificada, reciba una indemnización de 90 días de salario por cada año laborado.

Señaló que este tipo de propuestas parecen un despropósito, sobre todo, por el contexto internacional que actualmente se vive, “el aumentar de 20 a 90 días, es algo inverosímil; la iniciativa se presentó el pasado 8 de abril y apenas está para discutirse”. Por lo que se estipula en la exposición de motivos para llevarla a cabo, el especialista cree que no pasará:

Ellos dicen que con esto, buscan reforzar la estabilidad laboral, es decir, que un empleado tenga certeza jurídica de que va a durar el tiempo que dicta su contrato dentro de su centro de trabajo; además dicen que hay una dificultad para encontrar empleo, pero eso siempre ha estado; también comentan que, en promedio, una persona que busca empleo tarda un mes, lo que es muy diferente a tres meses; otro motivo, es que la gente no ahorra, por lo que necesitaría un colchón de 3 a 6 meses de su sueldo para poder subsistir y que el salario mínimo no da para ahorrar”.

Estas razones, dijo, no justifican el por qué el aumento de 20 a 90 días son ahora los apropiados para una indemnización.

Aclaró que si el trabajador renuncia por su propia cuenta, solamente tiene derecho a su finiquito que es la parte proporcional referente a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y cualquier salario devengado; si el empleador lo despide porque incurrió en alguna de las causales justificadas por la Ley Federal del Trabajo, también le corresponde lo proporcional; pero si el patrón lo desocupa por razones ajenas al trabajador, le correspondería su finiquito, la indemnización de tres meses, la prima de antigüedad y los 20 días por año laborado, sin embargo, esto último se configura hasta que la persona, a través de una demanda laboral, solicite la reinstalación, es decir, mediante una sentencia que dictamine un Tribunal.

Lo invitamos a conocer más del tema, escuchando la entrevista completa con José Sesma…

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