‘Es secuestro express, no es necesario cambiar la ley relativa a robo de vehículos’, opina especialista

Liliana Rincón

Torreón, Coahuila (26/09/2019).- Lo que las autoridades de Coahuila y Durango denominan como robo de vehículo con violencia y privación ilegal de la libertad, en realidad es un secuestro express. El abogado criminalista Alejandro López Hernández, explicó que el delito aparece en el artículo 9 de la Ley General para Prevenir y Sancionar el Delito del Secuestro.

El inciso B describe la conducta que podría encuadrar a los hechos porque dice: se le aplicarán de 40 a 80 años de prisión y de mil a cuatro mil días de multa, si la privación de la libertad se efectuó con el propósito de cometer secuestro express, que es el que, para cometer el delito de robo o extorsión, prive de la libertad a otro independientemente de las demás sanciones que correspondan por otros delitos», precisó el especialista.

Explicó que se trata de un delito concurrente, es decir, que las autoridades locales lo pueden investigar o hacer del conocimiento del Agente del Ministerio Público Federal para que practique los actos de indagación, localización e identificación de las personas que cometieron el delito para que culmine con una sentencia.

El abogado consideró que no es necesario modificar las leyes para agravar el ilícito, como lo solicitan los empresarios de la región, porque está previsto en el artículo 23 de la misma ley.

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