Liliana Rincón
Torreón, Coahuila (12/03/2026).- El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal y Administrativa del Octavo Circuito, resolvió que es improcedente el recurso de revisión promovido por 29 concesionarios de aguas nacionales contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ordena medidas para la protección del Acuífero Principal de la Región Lagunera.
Los concesionarios argumentaban que debieron haber sido llamados al juicio de amparo como terceros interesados y buscaban revocar la sentencia 543/2022 de la Suprema Corte y reponer el procedimiento.
A través de un comunicado, ProdeNazas reconoció el profesionalismo, la independencia y la resolución conforme a derecho de las magistradas María Guadalupe Carranza Galindo y Magda María Isabel Cobos Lerma, cuya decisión permite preservar una sentencia orientada a proteger el derecho humano al agua y a un medio ambiente sano en la Comarca Lagunera.
Luis Pedroza, abogado de ProdeNazas indicó que promoverán un procedimiento administrativo contra el magistrado Raúl Enrique Romero Bulnes, quien presentó el
proyecto que proponía revocar la sentencia.
«Porque existen antecedentes claros de la improcedencia de un proyecto como estos y no obstante se presentó», explicó.