Torreón, Coahuila (03/03/2021).- Luego de la reciente aprobación a la Ley de Industria Eléctrica y los pronunciamientos en contra de la misma, este miércoles en el programa Contextos, el magistrado de la Sala Penal del Estado de Coahuila, el Dr. Luis Efrén Ríos Vega, explicó como se llevan a acabo las diversas concepciones políticas sobre el tema.
Las controversias políticas y técnicas son importantes porque representan el margen de las mayorías, sin embargo, las minorías tienen una ventana de posibilidad para acudir ante un juez, donde se decide si lo que aprobó la mayoría es constitucional o no”.
Ríos Vega precisó que existen diversas formas de presentar los desacuerdos constitucionales, sin embargo, en el caso de la constitución mexicana, una de ellas es el juicio de amparo en el que las personas que consideren violados sus derechos, en este caso en contra de la ley que afecta el tema de la industria eléctrica -que pueden ser empresarios, partidos entre otros- deben presentar un amparo ante un juez, quien decidirá si la petición en contra procede o no.
Agregó que una segunda formula denominada controversia constitucional que son los conflictos entre autoridades o poderes:
Por ejemplo, un Estado puede tener controversias constitucionales con la Federación. Aquí las autoridades tienen diversas competencias desde la constitución de la ley y si hay competencias exclusivas que tenga el Estado o Federación y que resultan invalidadas por un acto, en este caso uno legislativo, pueden presentarse por el Estado o lo que establece el artículo 105 constitucional que este tipo implica la posibilidad de que las autoridades cuestionen lo que un órgano, puede emitir en ejercicio de sus atribuciones y que pueden afectar los interés constitucionales de competencia del estado”, explicó.
Por último, mencionó una tercera vía denominada acción de constitucionalidad que resuelve la Suprema Corte de Justicia, “en este caso la constitución legitima a un grupo de personas por ejemplo el 33 por ciento del Congreso de la Unión a los partido políticos, o el 33 por ciento de un Congreso Local entre otros, tienen la legitimidad para acudir a la Suprema Corte de Justicia y cuestionar en forma general que esa ley puede ser contraria a la Constitución por los argumentos que los involucrados consideren.
Cuestionado por los bloques de la Alianza Federalista y partidos de oposición donde hay unanimidad para reclamar el procedimiento y que no fuera vigente la ley de la reforma eléctrica en diferentes estados, apuntó que:
Constitucionalmente los competentes para presentar este tipo de controversias son las entidades de gobierno a través de sus órganos representativos. La Alianza Federalista, como un grupo de gobernadores que pueden asumir un pronunciamiento público o acuerdos de colaboración están dentro de las libertades representativas que cada uno ejerce, sin embargo la alianza como tal no es un ente constitucionalmente para presentar un conjunto una controversia (…) y en el caso de los partidos, el legitimado es el 33 por ciento de los integrantes de la cámara de senadores o diputados, lo pueden lo pueden hacer en bloques o de manera individual pero deben reunir ese 33 por ciento para considerarse como minoría” .
Le invitamos a escuchar la entrevista completa del magistrado de la sala penal del estado de Coahuila el Dr. Luis Efrén Ríos Vega: