Mayela Avila
Torreón Coahuila (14/05/2020).- En el programa Contextos, el director del proyecto Orquesta de Guitarras del Instituto Municipal de Cultura de Torreón, Armando Martínez “Cuty”, dio a conocer que el Ayuntamiento no le ha pagado a varios instructores que ofrecen cursos y talleres a través de la Dirección General de Cultura durante el tiempo que se envió al personal a sus casas para cumplir el aislamiento domiciliario por COVID-19.
Armando Martínez calificó de injusto, indigno e inhumano el trato que da el director de Cultura Elías Agüero a algunos de los instructores.
En respuesta, la Tesorería Municipal de Torreón emitió un comunicado en el que se especifica que los prestadores de servicios independientes por honorarios que impartían talleres en la Dirección de Cultura continuarán recibiendo el pago en el momento que reanuden sus labores.
En el documento se aclara que la suspensión de talleres es en cumplimiento al decreto estatal en el que se indica la suspensión de actividades que implique la concentración de personas y con ello evitar la propagación del coronavirus.
Asimismo, la dependencia municipal resaltó que el personal que labora en la Dirección General de Cultura, de confianza y sindicalizados siguen percibiendo su salario de manera normal.
Cabe señalar que Noticieros GREM intentó establecer contacto con el titular de Cultura Elías Agüero, pero no se logró obtener respuesta de parte del funcionario.
Al respecto, el abogado laboralista Héctor Emilio Macías Jurado señaló que a reserva de que se conozcan las particularidades con las que el Municipio contrató a este personal, si los prestadores de servicios están subordinados a esta autoridad, es decir, si existe una continuidad en la relación laboral que les impida hacer trabajos a otros destinatarios aunque les paguen por honorarios, se debe calificar como una relación de trabajo y podrían emitir una demanda ante el Tribunal Laboral.
Si es sólo una prestación de servicios y no se ha cubierto el pago correspondiente, entonces el prestador tiene el derecho de ejercer un recurso legal por la vía civil a través de los Juzgados del Fuero Común para el pago de honorarios por sus actividades profesionales.
Todo depende de qué tipo de relación exista, si es laboral o es independiente, es decir, de servicios profesionales”, puntualizó el especialista.