Mayela Avila
Ciudad de México (14/04/2023).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el día de ayer un amparo indirecto promovido por diversas personas, físicas y morales en contra del secretario del Medio Ambiente y Recursos Naturales, el director general de la Comisión Nacional del Agua, y el director general del Organismo Cuenca Centrales del Norte.
De quienes reclamaron la omisión de adoptar medidas para preservar los recursos hídricos del Acuífero Principal de la Región Lagunera clave 0523 en el Estado de Coahuila, durante su gestión correspondiente a los periodos del año 2006 al 2010 y de 2017 a la fecha.
Al emitir su fallo, la Primera Sala estimó que las autoridades responsables vulneraron en perjuicio de los solicitantes de amparo su derecho al agua en relación con el medio ambiente, al advertir que fueron omisas en cumplir con su obligación de realizar una gestión sustentable, lo que implica adoptar medidas para garantizar la preservación y evitar la sobreexplotación de los recursos hídricos del acuífero.
Por tal motivo, la Sala concedió la protección constitucional solicitada para que las autoridades responsables, individualmente y en coordinación, garanticen la preservación, el suministro y el saneamiento sustentables de los recursos del Acuífero Principal.
También se concedió el amparo para que las autoridades elaboren un subprograma de trabajo para la implementación de lineamientos concretos de actuación que deberán llevar a cabo cada una de ellas y un cronograma de actuación con objetivos a corto, mediano y largo plazo, así como un esquema de financiamiento.
Finalmente, la Primera Sala deliberó que, con el objeto de velar por el cumplimiento de la presente ejecutoria, las autoridades responsables deberán remitir bimestralmente a este Alto Tribunal, así como al Juzgado de Distrito encargado del cumplimiento, un informe detallado sobre el cumplimiento del Programa conjunto.