Rogelio Lozoya
Torreón, Coahuila (15/08/2018).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló en contra de la impugnación del regidor priista Enrique Sarmiento Álvarez ante el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila por haber asistido a un acto proselitista del excandidato a la alcaldía de Torreón, Antonio Gutiérrez Jardón, en horario de trabajo, según la denuncia que interpuso el Partido Acción Nacional (PAN).
El máximo órgano electoral asegura que el funcionario vulneró lo previsto al artículo 134, párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que será el Ayuntamiento de Torreón quien deberá determinar lo que corresponda.
El TEPJF indicó que el Tribunal local fundó correctamente la resolución impugnada, pues, contrario a lo que sostiene el promovente (Enrique Sarmiento), “el Tribunal local sí señaló en qué consistió la vulneración al principio de imparcialidad en el manejo de los recursos públicos, ya que los servidores públicos tienen la obligación de preservar las condiciones de equidad en la contienda, por lo que no deben utilizar el cargo para afectar los procesos electorales”.
Similar situación acontece respecto al motivo de disenso relativo a que no se señaló en qué consistía el acto proselitista, puesto que, contrario a lo que sostiene, en la resolución impugnada sí se señala que la finalidad de la rueda de prensa era promover las candidaturas de José Antonio Meade y José Antonio Gutiérrez Jardón como candidatos a la presidencia de México y a la alcaldía de Torreón.