‘La penas vitalicias exigen de una mayor interpretación’, señala el magistrado Luis Efrén Ríos

Claudia Martínez Martell

Torreón, Coahuila (30/04/2021).– Hoy en el programa Contextos, escuchamos el Contexto Sociológico con Luis Efrén Ríos, magistrado y fundador de la Academia Interamericana Derechos Humanos, quien abordó el tema: ‘¿Son válidas las penas de prisión vitalicias?’.

Comenzó por explicar que la prisión vitalicia se entiende como la cadena perpetua, es decir, la imposición de la pena por siempre, pero también la Corte ha dicho que una cadena perpetua puede ser aquella que por el tiempo de su duración y por la circunstancia de la misma, implique ver más allá de una expectativa de vida, por ejemplo, que se imponga una pena de más de 100 años, “si razonablemente la expectativa de vida no es más de 100 años y a una persona de 50 años se le impone eso, pues es obvio que aunque no se le imponga por siempre, se entiende que esa pena es lo suficientemente perpetua para dejarla por siempre en la cárcel”.

Respecto a cómo se establece si es justa o no, Luis Efrén Ríos señaló que es precisamente el tema a reflexionar, “de cuál es la pena justa en función de lo que dice la sociedad, en función de la víctima y en función de lo que dice la pena proporcional en contra del responsable”. Apuntó que en las últimas semanas en la Sala Colegiada Penal se ha discutido la imposición de penas en casos, por ejemplo, de feminicidios muy graves o de secuestros agravados por muerte de la víctima, y en los últimos años el Congreso de la Unión han establecido aumentos en las mismas.

La cuestión es que los jueces penales cuando comienzan a revisar estos casos, nos enfrentamos a particularidades muy específicas; primero, los jueces tenemos la obligación de cumplir la ley, pero no tenemos facultades para considerar que una pena por más alta o más baja, sea justa, es decir, eso le corresponde al legislador, sin embargo, a los jueces sí nos corresponde vigilar que esas penas sean constitucionales”, precisó el magistrado.

Manifestó que en los casos de penas vitalicias es algo más complejo, porque exige una mayor interpretación, y entonces lo que se discute en la Sala Colegiada Penal es, por ejemplo, si una pena de 125 años es constitucional o no. Dijo estar a favor del derecho de todas las personas a reinsertar, es decir, se pueden imponer penas de más de 100 años, pero en casos concretos la persona debe contar con el derecho de que en determinado tiempo de cumplir su pena, tenga la oportunidad de que un juez revise su caso a efectos de su reinserción en la sociedad.

Lo invitamos a escuchar la reflexión completa del magistrado Luis Efrén Ríos, en su Contexto Sociológico…

 

Noticias relacionadas



Comenta esta noticia