En México no hay criterios claros sobre los honorarios por defensa penal en el marco del combate al lavado de dinero: Hugo Morales

Claudia Martínez Martell

Torreón, Coahuila (29/05/2025).- En Contextos escuchamos a Hugo Morales Valdés, abogado y consultor jurídico, quien habló sobre los honorarios por defensa penal en el marco del combate al lavado de dinero.

Señaló que, efectivamente, este tema salió a relucir a partir de que recientemente el gobierno mexicano puso la mira en personas que tendrán que ser juzgadas por ciertos delitos fuera de territorio nacional, lo que a su vez, generó una importante discusión, que en otros países ha tenido lugar y que en México se ha dejado de lado:

Todas las personas, tienen derecho a una defensa técnica adecuada cuando se trata de una acusación en materia penal, y en caso de que no tuvieran la posibilidad de financiarla, el estado debe proporcionarle una. Entonces, qué sucede con personajes como Joaquín El Chapo Guzmán o el Mayo Zambada, que se asumen con mucho poder económico y que se ve complicado que usen su dinero a través de terceras personas para un pago adecuado por su defensa, ya que los honorarios pueden ser sujetos a varios escrutinios como el de uso de recursos de procedencia ilícita, de lavado de dinero o, incluso, ser incorporados dentro de un proceso relacionado con la delincuencia organizada. La gran pregunta es ¿Cómo cobran estos abogados?”.

Evidentemente, dijo, estos abogados tienen que facturar sus servicios y necesitan encontrar una vinculación entre el dinero de procedencia cuestionable con el ingreso que debe ser legal, y que pareciera tener una contradicción en el marco del combate al lavado del dinero. En Estados Unidos, por ejemplo, los despachos jurídicos usan ciertas actividades para que no puedan ser acusados por el uso de este tipo de recursos, “realizan labores de forma probonos y después de una discusión ardua en el gremio jurídico norteamericano, establecieron que estos personajes sí tenían derecho a escoger a su abogado y que de sus recursos asegurados, se tome para su defensa; mientras que el abogado, además de pagar impuestos, debe cumplir con algunos requisitos para cobrar”.

En México, todavía no existen criterios claros para determinar que los defensores de personas involucradas con delitos del crimen organizado, tengan el derecho a cobrar y que, a su vez, los imputados escojan a su abogado, “esto ha dado lugar a señalamientos hacia despachos que tienen la defensa nacional de estos personajes, porque no existen reglas de cobro”. Esto, es un área de oportunidad en el país para establecer ciertas reglas y que, eventualmente, la defensa de cualquier persona no esté sujeta a un escrutinio que no sea exclusivamente jurídico.

Te invitamos a escuchar la participación completa del abogado Hugo Morales…

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